jueves, marzo 28, 2013

TEEV niega a Zambrano que se reconozca a Vergel como representante ante el IEV


De Al Calor Político

- Advierten que corresponde a la Comisión Política Nacional esta designación
- En tanto, Fredy Marcos debe seguir en el cargo porque lleva muchos años en él y no ha incumplido, dicen

Alicia Aguilar Guevara Xalapa, Ver. 27/03/2013

El Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEEV), calificó como infundado el recurso interpuesto por Jesús Zambrano Grijalva, dirigente nacional del PRD, en el que pedía que el Instituto Electoral Veracruzano (IEV) reconozca a Juan vergel Pacheco y a Dulce María Romero Aquino como propietario y suplente de la representación del PRD ante este Instituto....


Por unanimidad, los magistrados aprobaron el proyecto RAP/07/03/2013 presentado por el magistrado presidente Daniel Ruiz Morales, el cual manifiesta la postura de Zambrano Grijalva respecto a la negativa de la Presidenta del Consejo General del IEV para reconocer a Juan Vergel Pacheco y Dulce María Romero Aquino y, quienes además luego de la sentencia de la Sala Regional Xalapa del TEPJF respecto a la invalidación del Consejo estatal del PRD fueron a reclamar su designación directamente al IEV.

En el recurso de apelación, Jesús Zambrano argumenta que el Consejo General del IEV interviene en las decisiones del partido; sin embargo, los magistrados calificaron como infundadas las aseveraciones.

Y es que el pasado 25 de marzo del año en curso, la Sala Regional Xalapa del TEPJF, modificó la resolución incidental del 9 de febrero del 2013 dictada por el TEEV (en la que validó el Consejo presidido por Juan Montes de Oca).

"Al encontrarnos ante un nuevo escenario jurídico en el proyecto se estima que si bien la Sala Regional del TEPJF modificó la resolución incidental del 9 de febrero de 2013 destacada por este Tribunal, con lo que queda sin efecto la integración del Consejo estatal del PRD y se ordena a la Comisión Política Nacional asignar a quienes integrarán el Consejo estatal, tal circunstancia legitima a la Comisión Política Nacional de revocar el nombramiento de Fredy Marcos Valor como representante ante el IEV".

Por su parte, el magistrado Daniel Ruiz Morales, manifestó que el IEV no pudo registrar a Vergel y Romero Aquino porque ya hay una persona autorizada, "además si analizamos el contenido de los estatutos como del reglamento interno del PRD arribamos a la convicción de que los únicos legitimados para hacer la remoción, propuesta de registro de representantes ante el Órgano electoral correspondiente son funciones del Comité Ejecutivo Estatal, así lo señala el artículo 76".

El magistrado Gregorio Valerio Gómez expresó que en el punto específico de la permanencia de Fredy Marcos Valor como representante propietario del PRD ante el IEV, "en efecto su nombramiento deviene de hace bastante tiempo, en virtud que ha venido participando reiteradamente en múltiples juicios que hemos conocido, entonces ese nombramiento ni siquiera devenía del Consejo que se está cuestionando, devenía de antes".

Agregó que los estatutos son claros en cuanto a en qué momento pueden los órganos nacionales particularmente el Comité Ejecutivo Nacional sustituirse a los órganos locales, consejos estatales en sus funciones dentro de los cuales están precisas las de nombramiento de representantes estatales del PRD ante los órganos electorales particularmente ante el IEV.

"No tenemos ninguna constancia de que este señor (Fredy Marcos) ha renunciado, al contrario, ha manifestado y ha intervenido para el caso como tercero interesado; fue en virtud de que él está defendiendo su derecho que tiene a permanecer como representante ante este Consejo del IEV y por otra parte nadie podría decir que no está cumpliendo porque además tendría que habérsele atribuido alguna falta en ese cumplimiento, lo cual no sucede. Solamente se designa a otras personas, pero sin decir ni una razón".          

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