De La Jornada-Editorial
Por mayoría de tres
votos contra uno, la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) concedió ayer una serie de amparos a la empresa de
telecomunicaciones MVS contra la negativa del gobierno federal a
prorrogar sus concesiones en la banda de 2.5 gigahercios (GHz),
reconocida en el ámbito internacional como propicia para las
aplicaciones móviles de banda ancha, lo que se conoce como Internet de
cuarta generación....
A decir de los integrantes del máximo tribunal, la administración
federal pasada incurrió en un ejercicio arbitrario y presumiblemente
ilegal de funciones en materia de regulación de telecomunicaciones al
negar la renovación de los títulos de concesión de dicha banda a la
empresa encabezada por Joaquín Vargas, negativa que precedió a la
decisión gubernamental de
rescatartales frecuencias, anunciada en agosto de 2008 por el entonces titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), Dionisio Pérez Jácome.
Debe recordarse que el referido episodio derivó en una confrontación
declarativa entre los propietarios de la empresa de medios y
funcionarios del gobierno que encabezó Felipe Calderón, toda vez que los
primeros acusaron a los segundos de favorecer con su decisión los
intereses de las empresas del duopolio televisivo y de condicionar las
negociaciones para la renovación de las frecuencias de la banda 2.5 a
cambio de una disculpa pública de la periodista Carmen Aristegui, quien
había formulado al aire cuestionamientos sobre el presunto alcoholismo
de Calderón Hinojosa.
La primera de esas acusaciones cobró verosimilitud en la medida en que el
rescatede las frecuencias mencionadas no se sustentó en argumentos técnicos convincentes y habida cuenta de la abierta parcialidad con que la pasada administración manejó los títulos de concesión sobre el espectro radioeléctrico para favorecer principalmente a Televisa y Tv Azteca. Ahora, con el fallo de la SCJN, es meridianamente claro que el desempeño de las autoridades federales en ese episodio distó de regirse por criterios técnicos e imparciales, y causó un severo daño en el desarrollo de las telecomunicaciones en el país: la decisión de
rescatarla banda 2.5 GHz generó afectaciones a MVS y a sus clientes en la medida que obligó a la compañía a cancelar su servicio de Internet y sacó de ese mercado a un pequeño competidor que fungía como contrapeso al duopolio televisivo, pero también a las empresas de telecomunicaciones propiedad de Carlos Slim y a consorcios trasnacionales del ramo.
Aunque en lo inmediato la resolución de la corte desactiva la
negativa de la SCT a renovar los referidos títulos de concesión y obliga
a esa dependencia a emitir nuevos lineamientos sobre la explotación de
la banda 2.5 GHz, el episodio es ilustrativo del desaseo y el
faccionalismo con que el calderonismo se condujo en el otorgamiento de
bandas del espectro de radiofrecuencias, y hace dudar si ese patrón de
conducta gubernamental se revertirá por efecto de la reforma
constitucional en materia de telecomunicaciones que se discute en el
Senado: cabe traer a cuento, al respecto, las críticas y
cuestionamientos formulados por especialistas sobre el nivel de
autonomía real del órgano regulador que se crearía con esa modificación
constitucional: el instituto federal de telecomunicaciones.
Para que el nuevo marco legal en la materia esté efectivamente
orientado al beneficio del bien común y al desarrollo de la economía
nacional, es fundamental que se abran las distintas modalidades
tecnológicas del ramo a nuevos participantes, y no sólo a integrantes de
la iniciativa privada, sino también a la sociedad civil, instituciones
públicas, universidades y centros de investigación, así como a
competidores empresariales que han sido sistemáticamente bloqueados y
excluidos.
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