Ninguno de los ministros se inclinó a favor de que la queja derivada del caso Aristegui fuera resuelto por la Suprema Corte.
Los diez ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN) que conforman la primera y segunda sala de la SCJN, decidieron no
ejercer su facultad de atracción, en el caso de la queja que interpuso
MVS ante un tribunal colegiado, en contra de la decisión del juez
Fernando Silva García de admitir el juicio de amparo promovido por la
periodista y el despacho de abogados, Quijano,Cortina y De la Torre, que
la representan.
De acuerdo con La Jornada,
los integrantes de la Corte rechazaron este miércoles hacer suya la
petición de los abogados de Aristegui para que el máximo tribunal
atrajera el recurso de queja promovido por MVS contra la decisión del
juez federal Fernando Silva García de admitir a trámite el amparo con el
que Aristegui busca revertir lo que la periodista ha llamado un ”acto
autoritario” y de censura por parte de la empresa concesionaria. La
acción instrumentada por MVS impidió, de manera abrupta, a todo el
equipo de la primera emisión continuar realizando el trabajo
periodístico y de análisis y debate que venía realizando desde seis
años atrás.
Tras la decisión de la SCJN, este asunto se reactiva para tribunal colegiado de circuito que
resolverá la queja de la empresa de comunicación, cuyo único punto a
resolver es si el juez actuó correctamente al admitir el amparo de
Aristegui o el amparo debió ser desechado de inmediato por notoria
improcedencia.
La admisión del amparo fue cuestionada por MVS, luego de que el juez
Silva le dio a esa empresa el carácter de autoridad responsable, que
puede violar derechos humanos, por el hecho de ser concesionaria del
servicio público de radiodifusión.
La Ley de Amparo vigente desde 2013 permite que algunos actos de particulares sean impugnados por esta vía.
La semana pasada, la Segunda Sala pidió al Tribunal Colegiado que no
resolviera nada hasta que los ministros resolvieran si entraba a trámite
una posible atracción de la queja interpuesta por MVS.
Ante la negativa de la Corte, el Tribunal Colegiado determinará si la
admisión del amparo fue notoriamente improcedente o el juez Silva
García lo admitió conforme a las reformas en materia de
telecomunicaciones, amparo y derechos humanos.
En caso de que el Colegiado considere que la admisión del juez no
procede y la revoca -como pretende MVS- se dará por concluido el
juicio en forma definitiva. En caso contrario, si el colegiado le da
la razón al juez Silva, el juicio continuará . Si el juez otorga el
amparo definitivo a la periodista, la empresa de comunicación podría
pedir su revisión y -en ese caso- podría llegar nuevamente el caso a
la Suprema Corte quien podría pronunciarse sobre el fondo del asunto.
El tribunal colegiado que resolverá la queja no atraída por la Corte,
a su vez, tiene aún pendiente de resolver la recusación promovida
por MVS en contra del juez Silva García. La pretensión de la empresa de
comunicación, es que la resolución del caso no quede en manos del juez
Silva. Alega que el juez y los abogados de la periodista mantienen
amistad estrecha con el Juez 8o administrativo. Tanto juez como
abogados han negado dicha especie. Por su parte la empresa comandada por
Joaquín Vargas Guajardo, presentó como elementos probatorios de sus
dichos, dos columnas publicadas en “El Universal” del periodista
Ricardo Alemán.
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