domingo, julio 17, 2022

Edmundo y Gabriel: crónica de una infamia continuada.


Jorge Salazar Salazar. 
La desaparición forzada de los luchadores sociales Edmundo Reyes Amaya y Gabriel A. Cruz Sánchez ocurrida en Oaxaca siendo gobernador el priista Ulises Ruiz y Felipe Calderón presidente espurio de México, es un caso emblemático (como el de Ayotzinapa) de esa impunidad que mantiene a miles de familias de las víctimas en un estado infame de angustia. Es injustificable que, a pesar de existir la indubitable certeza de la participación de las fuerzas del Estado (soldados, agentes y policías) en esos crímenes no haya, ya no digamos un gobernador o presidente, sino un oficial en la cárcel. 
Lamentablemente, tal como lo demostró Echeverría, hay males que pueden durar 100 años o más. Los abusos de autoridad son un ejemplo de ello. A pesar del ánimo conciliatorio del presidente la Verdad y la Justicia no saldrán de las mazmorras del poder armado. Si bien es cierto que el perdón alivia, hay heridas que sólo con la verdad y la Justicia sanan. Éticamente no es válido escudarse en las razones de Estado para no aplicar irrestrictamente la Ley, como sucede, específicamente, en los casos mencionados. Hasta ahora, transcurrido 15 años los autores materiales e intelectuales permanecen impunes de ese crimen de lesa humanidad. 
Hay indicios de que, después de ser secuestrados Edmundo y Gabriel en Oaxaca, mediante un operativo militar fueron llevados a los calabozos castrenses. De no ser por la extraordinaria lucha y solidaridad de compañeros, familiares y organizaciones (Comité Cerezo, Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos “Hasta Encontrarlos” y Frente Nacional de Lucha por el Socialismo) ese delito seguiría oculto. He aquí su crónica.
Crónica del suplicio.
2007: Todo comenzó en los 50s cuando nacieron nuestros protagonistas oaxaqueños; Gabriel en 1952 y Edmundo en 1955. Gabriel tenía 10 hermanos y una familia modesta, muy unida. Como estudiante fue brillante; como hijo, excepcional. Desde muy joven, asumiendo el deber de luchar por mejores condiciones de vida para los demás, asesoraba a campesinos e indígenas en temas agrarios y defensa de sus recursos naturales. Cuando tenía 18 años, su compañero Gastón Eruviel Martínez fue asesinado por porros estudiantiles del PRI. Para obligar al Estado a investigar el crimen, es retenido un destacado miembro de ese partido. El gobierno responde furioso encarcelando y torturando a Gabriel a quién libera 8 meses después. La persecución, que no cesaba, lo orilló a irse a la clandestinidad. Sus familiares no vuelven a saber de él hasta el 25 de mayo cuando los medios informaron de su detención-desaparición.
Edmundo, también de familia numerosa (9 hermanos), trabajó desde niño para colaborar con el sostenimiento del hogar. Por medio de la lectura logró comprender las causas de su condición social y el origen de las injusticias que le indignaban. Con su esposa y dos hijos emigró a la ciudad de México donde experimentó en carne propia las extenuantes jornadas laborales que le imponían a cambio de un salario miserable. Corrió la misma suerte de Gabriel.
2008: A instancias de los familiares se abrió la averiguación previa (047/2008)  por violación a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada y Desaparición Forzada de Personas. Esta es congelada 5 años.
2013: Mediante un amparo indirecto logran reactivar la averiguación y el juez ordena a las autoridades señaladas responsables rindan un informe. 
2014:  14 de febrero: Como ironía cruel, el día de amor, el juez comunica a los familiares que de los informes rendido NO se desprenden indicios sobre el paradero de los desaparecido. Por lo anterior y dentro del término legal, hicieran lo que a su “interés conviniera”. 
25 de febrero: Los abogados solicitaron al juez ordenara el desahogo de las diligencias no cumplimentadas para determinar la suerte de los desaparecidos. Con increíble celeridad y maña el juez resuelve: A) Que no procedía tal desahogo. B) Que suspendía el juicio de amparo durante un año y que pasado ese tiempo, sin noticias del mismo, la demanda se tendría por no interpuesta. Además, el togado negó a los interesados copias de los avances de la investigación porque, según argumentó, se ponía en riesgo la indagatoria. Obviamente eran tácticas dilatorias para inducir el desgaste.
2014: Debido a que la resolución amenazaba con anular la demanda, fueron interpuestas dos quejas en el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, (29/2014 y 33/2014).
Junio: -Respecto de la queja 29/2014, el Tribunal resolvió que todas las autoridades señaladas como responsables debían:
1) Realizar la búsqueda de EDMUNDO REYES AMAYA Y GABRIEL ALBERTO CRUZ SÁNCHEZ en las principales instalaciones militares, trasladándose acompañados de los familiares de las víctimas, a lugares de posible detención u ocultamiento.
2) Hacer comparecer  a los funcionarios de la Procuraduría General de la República, funcionarios estatales y mandos militares que hubiesen estado en funciones en mayo de 2007.
3) Informar sobre la INHUMACIÓN de cadáveres en los centros de detención o zonas militares que pudieran coincidir con la de las víctimas para en su caso realizar diligencias de identificación forense.
6) Crearse las comisiones especiales que se estimen pertinentes a efecto de localizar a EDMUNDO REYES AMAYA Y GABRIEL ALBERTO CRUZ SÁNCHEZ.
7) Publicar un extracto de la sentencia en un diario de circulación nacional, reconociendo su culpa en los hechos.
8) A la Fiscalía de Peña Nieto le ordena hacer pública la investigación en su página de internet, poniendo los datos de los perpetradores y las pruebas existentes. 
Todo es desacatado. Lo único que hicieron fue solicitar a la interpol ubicar y detener, sin éxito, al ex procurador de Oaxaca Evencio Nicolás y al ex comandante de la policía judicial Pedro Hernández. 
2016: La comisión permanente del Congreso emite un punto de acuerdo exhortando al poder judicial hacer valer la resolución anterior.
2019, Mayo:  La SEDENA, junto con la Fiscalía de Gertz Manero impugnaron la resolución y se negaron a dar cumplimiento a lo ordenado por el noveno tribunal. Los cuarteles permanecieron cerrados, los oficiales tranquilos y por supuesto Edmundo y Gabriel DESAPARAECIDOS. 
Diciembre: La defensa, por medio del recurso de revisión (51/2020) solicita sea confirmada la sentencia. El tribunal federal, excusándose, traslada el asunto a la Suprema Corte de Justicia.
2020: Entrevistado por Julio Hernández (periodista de la Jornada) Sandino Rivero, representante de los familiares de las víctimas, afirmó que si la SCJN confirma la Sentencia será de enorme trascendencia jurídica por dos razones:
a) Cualquier persona podrá presentar un amparo a nombre de un desaparecidos.
b) La Corte tendrá la facultad de interpretar el derecho a la reparación integral del daño a partir de un juicio de amparo en caso de desaparición forzada, https://youtu.be/FJW90KPt7nk. 
2022, 8 de julio: La Ministra Ana Margarita Ríos Farjat, presidenta de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia, enlistó el Amparo en Revisión 51/2020, para ser sesionado el día 10 de agosto PRÓXIMO.
De confirmarse la sentencia, lo primero en hacerse, probablemente, sea la creación de la comisión especial para este caso. Pero además:
1) Los familiares de los desaparecidos recibirían un bálsamo para sus heridas abiertas.
2) El ejército mexicano podría comenzar, al fin, una era de reconciliación con la legalidad y el pueblo.
3) El presidente AMLO, abonaría credibilidad a su lema “Por el bien de México, primero los pobres”.
4) El poder judicial reivindicaría su función de impartir justicia a todos por igual.
5) La responsabilidad por acción u omisión de Calderón, Ulises Ruiz, General Guillermo Galván y el almirante Mariano Francisco Saynez, quedaría probada.
De no existir ninguna treta leguleya más, la justicia será impostergable.
¡En hora buena a quienes están haciendo posible el retorno de la esperanza!



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